Tras cruzarse con el coche de una mujer, se paró y le dio un puñetazo
El hombre le dijo a la mujer que 'ese es mi carril'
La Audiencia de Málaga ha ratificado la sentencia de un juzgado por la que condenó a un hombre que, tras cruzarse con el coche de una mujer, se bajó de su vehículo y le propinó un puñetazo. Así, se confirma la condena, por una falta de lesiones, a la multa de 600 euros y al pago de una indemnización de 100 euros
La Audiencia de Málaga ha ratificado la sentencia de un juzgado por la que condenó a un hombre que, tras cruzarse con el coche de una mujer, se bajó de su vehículo y le propinó un puñetazo. Así, se confirma la condena, por una falta de lesiones, a la multa de 600 euros y al pago de una indemnización de 100 euros.
Un juzgado declaró probado que en enero de este mismo año a las 07.50 horas circulaban por el Camino de San Rafael de Málaga tanto la mujer como el hombre. En concreto, ella se encontraba saliendo de la rotonda y se cruzó con el vehículo conducido por el hombre, que, acto seguido, 'para el coche, se baja' y va hacia el vehículo de la mujer.
En ese momento, el hombre le dijo a la mujer que 'ese es mi carril', dándole seguidamente un puñetazo en la parte del oído. Ese mismo día acudió al médico, aunque no le prescribió tratamiento médico, según recoge la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press.
La defensa del acusado recurrió la resolución, alegando que el juez 'incurrió en un error en la valoración de las pruebas practicadas', negando la existencia de cualquier agresión por su parte, aunque el Tribunal desestimó el recurso de apelación, confirmando, así, la condena para el hombre.
Así, el Tribunal sostiene que, aunque 'si bien es cierto' que las versiones de cada uno de ellos 'fueron absolutamente contradictorias entre sí, al igual que la del testigo aportado por cada uno de ellos', las declaraciones 'firmes y persistentes' de la mujer y de la testigo, unidas a la parte de asistencia médica, acreditan que los hechos ocurrieron de la forma que el juez consideró probados.
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El hombre le dijo a la mujer que 'ese es mi carril'
La Audiencia de Málaga ha ratificado la sentencia de un juzgado por la que condenó a un hombre que, tras cruzarse con el coche de una mujer, se bajó de su vehículo y le propinó un puñetazo. Así, se confirma la condena, por una falta de lesiones, a la multa de 600 euros y al pago de una indemnización de 100 euros
La Audiencia de Málaga ha ratificado la sentencia de un juzgado por la que condenó a un hombre que, tras cruzarse con el coche de una mujer, se bajó de su vehículo y le propinó un puñetazo. Así, se confirma la condena, por una falta de lesiones, a la multa de 600 euros y al pago de una indemnización de 100 euros.
Un juzgado declaró probado que en enero de este mismo año a las 07.50 horas circulaban por el Camino de San Rafael de Málaga tanto la mujer como el hombre. En concreto, ella se encontraba saliendo de la rotonda y se cruzó con el vehículo conducido por el hombre, que, acto seguido, 'para el coche, se baja' y va hacia el vehículo de la mujer.
En ese momento, el hombre le dijo a la mujer que 'ese es mi carril', dándole seguidamente un puñetazo en la parte del oído. Ese mismo día acudió al médico, aunque no le prescribió tratamiento médico, según recoge la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press.
La defensa del acusado recurrió la resolución, alegando que el juez 'incurrió en un error en la valoración de las pruebas practicadas', negando la existencia de cualquier agresión por su parte, aunque el Tribunal desestimó el recurso de apelación, confirmando, así, la condena para el hombre.
Así, el Tribunal sostiene que, aunque 'si bien es cierto' que las versiones de cada uno de ellos 'fueron absolutamente contradictorias entre sí, al igual que la del testigo aportado por cada uno de ellos', las declaraciones 'firmes y persistentes' de la mujer y de la testigo, unidas a la parte de asistencia médica, acreditan que los hechos ocurrieron de la forma que el juez consideró probados.
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