Sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres
Los tribunales obligan a los administradores de los foros a ejercer la censura
J. Gómez | 07 de Septiembre 2012 | 20:01
¿Qué papel han de ejercer los administradores de los foros o de un blog donde sus lectores puedan participar con comentarios? Según una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres la respuesta es clara: la de censor y vigilante de los contenidos que aportan terceros usuarios.
David Maeztu comenta en su blog Del derecho y las normas una sentencia que complica su labor a los administradores de los foros en Internet en nuestro país y que crea una peligrosa jurisprudencia en este campo. Aunque data de mayo del pasado año, ofrece varios aspectos que confirman a día de hoy las obligaciones de vigilancia y control de los administradores en sus foros.
En la sentencia, referida al caso "Rebollar", se indica sobre el administrador del foro que "su obligación era estar al tanto de lo que en él se escribía, ya que era digamos el censor del mismo por el hecho de haberlo creado". Dado que dicho administrador borró algunos comentarios, la sentencia señala que esta actitud "corrobora que el acusado leía lo que se escribía en ese foro, y que al mismo tiempo constata que el acusado apreció y valoró que lo allí escrito era insultante para determinada o determinadas personas".
No obstante, la propia sentencia admite que el administrador actuó de forma forzada, al ser citado a tres actos de conciliación e incluso recibir a la policía. "De antemano sabía a lo que se exponía si en ese foro que él administraba se seguían produciendo esos mensajes en contra de los querellantes, algo que sirvió para avisar al conciliado de que lo que allí se había escrito no era ortodoxo, lo que le llevó a borrar parte de lo escrito", señala. Puesto que había borrado mensajes con anterioridad a la visita policial y después de entrevistarse con un agente de la Guardia Civil, el administrador "conocía lo que allí se había escrito y lo había valorado como inconveniente", ratifica la sentencia.
En cualquier caso: culpable
Pero por si fuera poco, también se impone la obligación al administrador "de saber quién o quiénes lo utilizaban". De este modo, se impone un control de acceso en los foros que hasta ahora no se había exigido y que en caso de que el usuario no tenga los conocimientos informáticos para este control deberá hacérselo saber a la policía para que sea ésta quien se encargue de administrar el foro. En definitiva, una peligrosa puerta abierta para que los administradores pasen a tener el papel de censores y a estar obligatoriamente pendientes de lo que los usuarios escriben en su web. La sentencia parece dejar claro que si el administrador se preocupa por lo que escribe el resto, es culpable, mientras que si no lo hace, también lo es.
FUENTE: http://www.adslzone.net/article9422-los-tribunales-obligan-a-los-administradores-de-los-foros-a-ejercer-la-censura.html
Los tribunales obligan a los administradores de los foros a ejercer la censura
J. Gómez | 07 de Septiembre 2012 | 20:01
¿Qué papel han de ejercer los administradores de los foros o de un blog donde sus lectores puedan participar con comentarios? Según una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres la respuesta es clara: la de censor y vigilante de los contenidos que aportan terceros usuarios.
David Maeztu comenta en su blog Del derecho y las normas una sentencia que complica su labor a los administradores de los foros en Internet en nuestro país y que crea una peligrosa jurisprudencia en este campo. Aunque data de mayo del pasado año, ofrece varios aspectos que confirman a día de hoy las obligaciones de vigilancia y control de los administradores en sus foros.
En la sentencia, referida al caso "Rebollar", se indica sobre el administrador del foro que "su obligación era estar al tanto de lo que en él se escribía, ya que era digamos el censor del mismo por el hecho de haberlo creado". Dado que dicho administrador borró algunos comentarios, la sentencia señala que esta actitud "corrobora que el acusado leía lo que se escribía en ese foro, y que al mismo tiempo constata que el acusado apreció y valoró que lo allí escrito era insultante para determinada o determinadas personas".
No obstante, la propia sentencia admite que el administrador actuó de forma forzada, al ser citado a tres actos de conciliación e incluso recibir a la policía. "De antemano sabía a lo que se exponía si en ese foro que él administraba se seguían produciendo esos mensajes en contra de los querellantes, algo que sirvió para avisar al conciliado de que lo que allí se había escrito no era ortodoxo, lo que le llevó a borrar parte de lo escrito", señala. Puesto que había borrado mensajes con anterioridad a la visita policial y después de entrevistarse con un agente de la Guardia Civil, el administrador "conocía lo que allí se había escrito y lo había valorado como inconveniente", ratifica la sentencia.
En cualquier caso: culpable
Pero por si fuera poco, también se impone la obligación al administrador "de saber quién o quiénes lo utilizaban". De este modo, se impone un control de acceso en los foros que hasta ahora no se había exigido y que en caso de que el usuario no tenga los conocimientos informáticos para este control deberá hacérselo saber a la policía para que sea ésta quien se encargue de administrar el foro. En definitiva, una peligrosa puerta abierta para que los administradores pasen a tener el papel de censores y a estar obligatoriamente pendientes de lo que los usuarios escriben en su web. La sentencia parece dejar claro que si el administrador se preocupa por lo que escribe el resto, es culpable, mientras que si no lo hace, también lo es.
FUENTE: http://www.adslzone.net/article9422-los-tribunales-obligan-a-los-administradores-de-los-foros-a-ejercer-la-censura.html